Revista digital de Artes escénicas -Año 12º-

Presentación de propuestas de Dirección Artística para «La evitable ascensión de Arturo Ui» de Bertolt Brecht en el Centro Andaluz de Teatro.

Núm. 131 página 16 Boletín Oficial de la Junta de Andalucía 8 de julio 2014
1. Disposiciones generales
Con sejería de Educac ión, Cultura y Deporte
Resolución de 2 de julio de 2014, de la Dirección de la Agencia Andaluza de Instituciones
Culturales, por la que se convoca la presentación de ofertas de dirección artística para el Centro Andaluz
de Teatro, temporada 2014/2015.
La Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, como entidad de Derecho Público adscrita a la Consejería
de Educación, Cultura y Deporte, tiene encomendadas, de conformidad con lo establecido en el apartado 2.º
del artículo 6 de sus Estatutos, aprobados mediante Decreto 103/2011, de 19 de abril, la investigación, gestión,
producción, fomento y divulgación de las artes plásticas, las arte combinadas, las letras, el teatro y las artes
escénicas, la música, la producción fonográfica, la danza, el folclore, el flamenco, la cinematografía, las artes
audiovisuales, y el desarrollo, comercialización y ejecución de programas, promociones y actividades culturales,
por sí o mediante la colaboración o cooperación con otras personas físicas o jurídicas, públicas o privadas.
Dentro de los programas que lleva a cabo la Agencia Andaluza de instituciones culturales se encuentra
incluido el Centro Andaluz de Teatro, centro que desde el año 1988 ha venido realizando la producción y
distribución de obras escénicas, con especial incidencia en los lenguajes contemporáneos y en la tradición
escénica andaluza. En sus producciones han intervenido los principales artistas, intérpretes y ejecutantes de la
escena andaluza. En el año 2013, este centro ha puesto en marcha un nuevo modelo de gestión como centro
de producción necesario para la sociedad andaluza, en su doble versión de público/ espectador y de profesional
de las artes escénicas, con el propósito de que se convierta aún más en un lugar de encuentro y estímulo para
todos los intervinientes en la creación artística escénica, ajustándose así a las nuevas demandas y realidades del
sector.
El objetivo principal del nuevo modelo de gestión del Centro Andaluz de Teatro es auspiciar el acceso de
la ciudadanía a los bienes culturales, desarrollando una escena pública con identidad propia, contemporánea
y, al mismo tiempo, transmisora de la herencia cultural de nuestra comunidad Autónoma desde la creación,
la difusión y la investigación en artes escénicas. Recientemente se ha puesto en marcha el nuevo programa
de «Dramaturgia Emergente Andaluza» con el objetivo de fomentar la dramaturgia contemporánea en nuestra
Comunidad. Mediante la presente convocatoria se materializa la apuesta clara por la producción pública como
elemento impulsor de la creación escénica.
El Centro Andaluz de Teatro va a llevar a cabo una nueva producción escénica, consistente en el montaje
de un texto contemporáneo que es referente de la dramaturgia universal, «La evitable ascensión de Arturo Ui»
de Bertolt Brecht, con lectura andaluza, para su representación pública en la próxima temporada 2014/2015,
tanto en escenarios andaluces como nacionales. Se ha seleccionado esta obra por su valor como referente de
la dramaturgia universal y por su contemporaneidad. Asimismo su formato resulta idóneo para una producción
pública, máxime cuando no ha sido producida anteriormente en nuestra Comunidad Autónoma.
Por los motivos expuestos, y en el ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 15 de los
mencionados Estatutos, aprobados mediante Decreto 103/2011 de 19 de abril,
R ESUEL V O
Primero. Objeto de la convocatoria y requisitos de la propuesta artística.
1. Esta Resolución tiene por objeto convocar la presentación de proyectos de dirección artística para la
puesta en escena de la obra «La evitable ascensión de Arturo Ui» de Bertolt Brecht, con dramaturgia de José
Manuel Mora.
El proyecto escénico seleccionado será producido y distribuido por el Centro Andaluz de Teatro, órgano
de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales.
La dirección artística comprenderá desde la fase de preproducción y producción, hasta el seguimiento
de las primeras representaciones tras el estreno de la obra.
2. Requisitos de la propuesta: La propuesta escénica deberá ser original y de riguroso estreno para
el Centro Andaluz de Teatro. La propuesta de dirección artística debe ajustarse al modelo establecido en el
Anexo III de esta convocatoria.
3. La Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, al amparo de lo dispuesto en el artículo 20 del Real
Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley 30/2007, de
30 de octubre, de Contratos del Sector Público, suscribirá con el licitador que resulte adjudicatario un contrato
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de cesión de derechos de propiedad intelectual del proyecto escénico y dirección artística del proyecto escénico
seleccionado. El adjudicatario se obliga a ceder, en exclusiva y de forma excluyente, con ámbito universal
y por el plazo de cinco años a contar desde el estreno de la obra, los derechos de fijación, reproducción,
distribución y comunicación pública del espectáculo. Asimismo, se autoriza la fijación, reproducción, distribución
y comunicación en formato audiovisual, sobre cualquier tipo de soporte o sistema técnico.
4. El número de componentes del elenco de actores y actrices oscilará entre 12 y 15. El elenco
artístico será seleccionado mediante audiciones en las que participará el director artístico del proyecto escénico
seleccionado. La producción del espectáculo se llevará a cabo por la Agencia Andaluza de Instituciones
Culturales.
Segundo. Licitadores.
Podrán participar en el procedimiento aquellas personas físicas o jurídicas, de carácter privado y
preferentemente andaluces, del sector profesional de las artes escénicas.
Los interesados en participar podrán solicitar a la Agencia Andaluza convocante información sobre la
orientación de la dramaturgia de la obra elaborada por su autor, solicitándolo por escrito al correo produccioncat.
aaiicc@juntadeandalucia.es hasta cinco días antes de la finalización del plazo de presentación, identificándose el
solicitante e incluyendo una dirección de correo electrónico donde proceder a su envío.
Tercero. Importe de la licitación.
El importe máximo a satisfacer por la elaboración del proyecto hasta su puesta en escena será de
15.000 € (quince mil euros IVA incluido).
Cuarto. Solicitud.
1. Lugar y plazo de presentación.
1.1. La solicitud, suscrita por la persona interesada, dirigida a la persona titular de la Dirección de la
Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, formulada conforme al modelo que figura en el Anexo I de la
presente resolución, se presentará preferentemente en la sede de la Agencia, sita en edificio Estadio Olímpico,
Puerta M, Isla de la Cartuja, 41092 Sevilla, especificándose claramente la leyenda: «Centro Andaluz de Teatro.
Recepción de ofertas para la temporada 2014-2015».
Podrán también presentarse mediante correo certificado o cualquiera de las vías establecidas en el
artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, en cuyo caso, deberán comunicarlo a la Agencia Andaluza de Instituciones
Culturales mediante correo electrónico telegrama dentro de los plazos establecidos. Para aquellas solicitudes
que se envíen por correo postal certificado, el remitente deberá justificar la fecha de imposición del envío en las
oficinas de correo y anunciar a la AAIICC la remisión de las mismas, mediante correo electrónico en el mismo
día a la dirección de correo produccioncat.aaiicc@juntadeandalucia.es Sin la concurrencia de ambos requisitos,
la solicitud no será admitida con posterioridad a la fecha de terminación del plazo señalado en la oferta.
1.2. El plazo para la presentación de solicitudes será de 30 días naturales, contados a partir del día
siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
2. Contenido de la Solicitud.
Además del formulario de solicitud debidamente cumplimentado (Anexo I), las solicitudes se acompañarán
de la siguiente documentación, que se presentará en tres sobres cerrados, con el siguiente contenido:
SO BRE 1. DOCU MEN TACIÓN ADMINIS TRATIVA
– Documentos que acrediten la personalidad jurídica. Si el candidato fuera persona jurídica la personalidad
se acreditará mediante la presentación de copia de la escritura de constitución o modificación, en su caso,
debidamente inscrita en el Registro Mercantil cuando este requisito sea exigible, la acreditación de la capacidad
de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o acta funcional, en el que
constaten las normas por la que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro
oficial.
– Tratándose de personas físicas será obligatoria la presentación de la fotocopia del DNI o pasaporte, o
documento que, en su caso, le sustituya reglamentariamente.
– Documentos que acrediten, en su caso, la representación. Los que comparezcan o firmen proposiciones
en nombre de otro presentarán copia simple de la escritura de poder suficiente a estos efectos y de su DNI ,
pasaporte o documento que, en su caso, le sustituya reglamentariamente. Si la empresa fuera persona jurídica
el poder deberá figurar inscrito, en su caso, en el Registro Mercantil. Si se trata de un poder para acto concreto
no es necesaria la inscripción en el Registro Mercantil, de acuerdo con el art. 94.5 del Reglamento Mercantil.
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– Declaración responsable, conforme al modelo recogido como Anexo II de la presente Resolución, de no
estar incurso en ninguna causa de prohibición para contratar con la Administración.
– Identificación del solicitante a efectos de notificaciones. Deberá incluirse la dirección completa del
solicitante a efectos de notificaciones, incluyendo dirección de correo electrónico, en su caso.
SO BRE 2. DOCU MEN TACIÓN DEL PROYEC TO
– Memoria del Proyecto artístico, con el contenido mínimo recogido en el Anexo III a la presente Resolución.
– Currículo y/o dossier del solicitante.
La documentación contenida en este sobre deberá ser presentada también en formato digital (CD, DVD,
Memoria US B…).
SO BRE 3. OFERTA ECONÓ MICA
– Presupuesto estimativo de la actividad, con el contenido mínimo recogido en el Anexo IV a la presente
Resolución.
El importe máximo de la producción del espectáculo ascenderá a ciento veinte mil euros (120.000 euros
IVA incluido), que incluirá las fases de preproducción y producción desde el comienzo de los ensayos hasta el
estreno de la obra. No incluye la fase de distribución y gira. Tampoco deben ser incluidos los honorarios de
esta convocatoria de dirección artística, personal técnico y de producción, que serán asumidas por la Agencia
Andaluza de Instituciones Culturales.
Quinto. Trámite de subsanación.
Si la solicitud presentada no reuniera los requisitos exigidos o no se acompañara de la documentación
preceptiva, se requerirá al interesado para que, en el plazo de diez días hábiles, subsane y/o acompañe los
documentos preceptivos, con indicación de que si así no lo hiciere, se le tendrá por desistido de su solicitud,
previa resolución.
Sexto. Procedimiento de selección.
Las propuestas presentadas serán objeto de evaluación por parte de la comisión de valoración, que
estará presidida por el Director del Instituto Andaluz de las Artes y las Letras y seis vocales de reconocido
prestigio y profesionalidad en el sector de las artes escénicas, designados por la persona titular de la Dirección
de la Agencia.
Las personas designadas para la representación no podrán estar vinculadas profesional o artísticamente
con ningún creador, empresa productora o distribuidora de artes escénicas de la comunidad andaluza que
presente solicitud a esta convocatoria.
La Presidencia de la Comisión de valoración podrá invitar a participar en sus sesiones, en calidad de
especialistas con voz y sin voto, a personas que por su experiencia en el sector de las artes escénicas asesoren
a la Comisión en sus deliberaciones.
La Comisión estará asistida por una persona licenciada en derecho adscrita a la Agencia Andaluza de
Instituciones Culturales, que actuará como secretario/a y que será igualmente designada por la persona titular
de la Dirección de la Agencia.
La composición de la Comisión deberá respetar una representación equilibrada de hombres y mujeres en
los términos previstos en el apartado 2 del artículo 18 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración
de la Junta de Andalucía.
La Comisión se regirá por las normas aplicables que regulan los órganos colegiados en la Ley 9/2007,
de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, y en las normas básicas de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común.
Séptimo. Criterios de valoración.
Para la evaluación de las ofertas presentadas, la Comisión de Valoración tomará en consideración los
siguientes criterios:
– La calidad y el valor artístico del proyecto, originalidad de la propuesta, creatividad, coherencia entre
los elementos que integrarían el espectáculo (música, vestuario, escenografía, etc.) y el interés para las Artes
Escénicas en Andalucía: Hasta 50 puntos.
– La adecuación del espectáculo para su distribución en espacios escénicos de mediano y gran formato:
Hasta 15 puntos.
– Adecuación presupuestaria de la producción del espectáculo: Hasta 15 puntos.
– La trayectoria del equipo creativo propuesto: Hasta 15 puntos.
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– Consideración que el proyecto tenga de la igualdad de género: Hasta 5 puntos.
La documentación aportada por los solicitantes deberá incluir aquella que acredite la aplicación de
los criterios de valoración. No obstante, los solicitantes estarán obligados aportar la documentación que les
sea requerida para la correcta acreditación de las circunstancias tenidas en cuenta en la aplicación de dichos
criterios objetivos. Aquellos aspectos que no resulten debidamente documentados no serán tenidos en cuenta
en la aplicación de los mencionados criterios objetivos de valoración. En el caso de que ninguno de los proyectos
presentados alcanzara una valoración suficiente, la Comisión podría declarar la adjudicación desierta.
Octavo. Resolución.
En base de la valoración realizada por la Comisión se elaborará un orden de prelación con la valoración
obtenida por todos los solicitantes.
El licitador que haya obtenido la mayor puntuación será invitado a participar en un procedimiento
negociado sin publicidad, mediante la adjudicación directa, al amparo de lo dispuesto por el artículo 170.d) del
Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de
Contratos del Sector Público. En el procedimiento de contratación, el licitador deberá presentar la documentación
acreditativa de estar al corriente con de sus obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal y la Comunidad
Autónoma de Andalucía, así como con la Tesorería General de la Seguridad Social.
Noveno. Devolución de solicitudes originales.
La documentación de las propuestas no seleccionadas quedarán a disposición de los interesados
durante el plazo de un mes a contar desde la notificación de la resolución, en la oficina de la Agencia Andaluza
de Instituciones Culturales. La documentación no retirada en esta fecha pasará a formar parte de los fondos de
la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, con fines de documentación y archivo.
Sevilla, 2 de julio de 2014.- El Director, José Francisco Pérez Moreno.
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